Objetoy ámbito de aplicación:. 1. El presente Decreto constituye el desarrollo para el Bachillerato de lo dispuesto en el título I, capítulo IV de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; así como en el Real Decreto 1467/2007, de 2 de noviembre, por el que se establece la estructura del Bachillerato y se fijan sus
Currículoenseñanza – Decreto 64/2022, de 20 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen para la Comunidad de Madrid la ordenación y el currículo del dedecreto del Consejo de Gobierno, por el que se establece para la Comunidad de Madrid la ordenación y el currículo del Bachillerato. Teniendo en cuenta que el artículo 11 del Decreto 52/2021, de 24 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se regula y simplifica el procedimiento de elaboración de las disposiciones normativas de jKB9gG.